OID Soria - Ayudas a entidades locales integradas en la Red de Destinos Turísticos Inteligentes

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Proyectos que promuevan la digitalización de los miembros titulares de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes
Las ayudas apoyarán la modernización de los destinos turísticos. - Pixabay

Ayudas a entidades locales integradas en la Red de Destinos Turísticos Inteligentes

La cuantía total de la subvención para asumir este proceso de transformación digital se estima en 6 millones de euros

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 12 de mayo ha publicado el extracto de la Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas para la transformación digital y modernización de las entidades locales que forman parte de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes

Redacción , 12 de mayo de  2022

El extracto publicado otorga la consideración de beneficiarios para la modernización a municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, con independencia de su tamaño y población

Serán considerados beneficiarios las entidades locales que forman parte de la Red de destinos Turísticos Inteligentes (en adelante Red DTI), será de aplicación a todas las entidades locales integradas en la Red DTI en el momento de solicitar estas ayudas:

Beneficiarios

a) Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, con independencia de su tamaño y población.

b) Las Comarcas o mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

c) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

Objeto

Proyectos que promuevan la digitalización de los miembros titulares de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes (en adelante, Red DTI) gracias al desarrollo e implantación de tecnologías en los destinos, en el marco de del Plan de Recuperación de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación)

Orden de bases

Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas para la transformación digital y modernización de las entidades locales que forman parte de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes, y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Boletín Oficial del Estado número 10 de 12 de enero de 2022 (modificada por Orden ICT/ 414/2022, de 9 de mayo.BOE 11 de mayo de 2022).

Cuantía

La cuantía total de la subvención que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria será de 6 millones de euros y dependerá del número de habitantes que los beneficiarios tengan dentro de su demarcación, conforme a los datos del real decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a fecha de 1 de octubre de 2021 en el momento de presentar la solicitud:

a) Municipios de más de 300.000 habitantes: inversión máxima de 300.000,00 de euros.

b) Municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes: inversión máxima de 200.000,00 euros.

c) Municipios de menos de 100.000: inversión máxima de 100.000,00 euros.

d) Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de más de 500.000 habitantes: inversión máxima de 500.000,00 de euros.

e) Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de entre 200.000 y 500.000 habitantes: inversión máxima de 350.000,00 euros.

f) Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de menos de 200.000: inversión máxima de 200.000,00 euros.

Pago

El beneficiario recibirá el abono anticipado de la subvención con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto, sin que sea necesaria la presentación de garantías.

El plazo de presentación será de 1 mes desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto, el 12 de mayo de 2022.