OID Soria - Publicadas las bases para ayudas a proyectos de Oficinas de Transformación Comunitaria (OTC)

Actualidad

Portada de sección | Sumario
Se busca fomento e impulso para la creación y desarrollo de comunidades energéticas
Nuevas energías renovables - Foto de Riccardo Annandale

Publicadas las bases para ayudas a proyectos de Oficinas de Transformación Comunitaria (OTC)

Prevén los aspectos relacionados con su puesta en marcha y funcionamiento, así como su adecuación.

Con esta iniciativa se quiere fortalecer el sistema de apoyo a los actores interesados ​​en la creación y desarrollo de comunidades energéticas, principalmente ciudadanía, pymes y entidades locales, contribuyendo con ello a una descarbonización justa e inclusiva.

Redacción , 28 de octubre de  2022

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este 28 de octubre la Orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de puesta en marcha y funcionamiento de Oficinas de Transformación Comunitaria (OTC), así como su adecuación.

Estas ayudas están financiadas con fondos Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), dentro de su Componente 7, Reforma 3, desarrollo de las comunidades energéticas.

Con estas ayudas se quiere fortalecer el sistema de apoyo a los actores interesados ​​en la creación y desarrollo de comunidades energéticas, principalmente ciudadanía, pymes y entidades locales, contribuyendo con ello a una descarbonización justa e inclusiva mediante su fomento.

¿Qué es una Comunidad energética?

Una persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, de eficiencia energética y/o movilidad sostenible que sean de su propiedad.

También se puede considerar comunidad energética, a efectos de las ayudas reguladas por esta Orden, aquellas otras comunidades distintas de las definidas en este apartado siempre que su principal objeto sea el desarrollo de proyectos de energías renovables y eficiencia energética.

Compatibilidad con otras ayudas

En el caso de beneficiarios que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, las ayudas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones concedidas, para la misma actuación, por cualquier administración pública.

En el caso de beneficiarios que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, las ayudas reguladas por esta orden serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma actuación, por cualquier administraciones Unión Europea a las ayudas.

Cuando se soliciten u obtengan ayudas de otras instituciones o administraciones públicas para el mismo proyecto, deberá comunicarse al IDAE, de forma inmediata, para que éste verifique que no se han excedido los límites máximos.

Beneficiarios

Personas jurídicas, públicas o privadas, salvo la Administración General del Estado, legal y válidamente constituidas, que tengan el domicilio fiscal en España y asuman la responsabilidad del correcto funcionamiento de las OTCs objeto de las ayudas reguladas por la presente orden decir que no eres un requisito de la OTC conformarse con una persona jurídica independiente.

Proyectos objeto de la ayuda

Aquellos dirigidos a la puesta en marcha y funcionamiento de OTCs de nueva creación o adecuación de oficinas existentes en OTCs que lleven a cabo, como mínimo, al menos dos de las siguientes tipologías de actuaciones:

a) Difusión: establecimiento y oferta de cursos de formación, y/o jornadas, seminarios y/o talleres para la constitución y funcionamiento de comunidades energéticas, dirigidos a la ciudadanía y otros agentes del tejido social potencialmente interesados ​​en éstas y/o divulgación

b) Acompañamiento: prestación de servicios de asesoramiento técnico para la dinamización y apoderamiento de las comunidades energéticas, ofreciendo, entre otros, asesoramiento técnico para el desarrollo de procesos participativos en determinados entornos para evaluar el

c) Asesoramiento: consultoría técnica, administrativa, económica, social y/o jurídica vinculada a la ejecución de proyectos concretos de constitución y funcionamiento de comunidades energéticas.

La puesta en marcha y funcionamiento de las OTCs objeto de las ayudas reguladas por la presente orden deberá estar dirigida al fomento e impulso para la creación y desarrollo de comunidades energéticas. No se subvencionarán actuaciones les servirán que no contribuyan de forma explícita a este objetivo.

Las convocatorias tendrán que ser aprobadas por el IDAE. Las ayudas se convocarán en régimen de concurrencia competitiva.

Según las informaciones disponibles, el presupuesto está todavía por determinar en la futura convocatoria, todavía pendiente de publicación.

Las ayudas se convocarán en régimen de concurrencia competitiva