OID Soria - Convocatoria para incentivar la consolidación investigadora

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Las ayudas se financiarán mediante subvención con fondos de NextGeneration EU
Trabajo investigador - Foto de National Cancer Institute

Convocatoria para incentivar la consolidación investigadora

El objetivo es el de afianzar la carrera profesional de investigadores, nacionales y extranjeros, para que puedan desarrollar su carrera profesional dentro del SECTI

Se persigue el fortalecimiento de la carrera profesional del personal investigador, incentivando la creación de plazas de carácter permanente en las instituciones

Redacción , 03 de noviembre de  2022

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el extracto de la resolución de la presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2022 de las ayudas para incentivar la consolidación investigadora.

La convocatoria se enmarca en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, dentro del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, Subprograma Estatal de Incorporación.

Las ayudas objeto de esta orden están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.

REQUISITOS DEL/DE LA INVESTIGADOR/A PRINCIPAL DE LA ACTUACIÓN

Se requeqrirá titulación de doctor/a.

Actividad científico-técnica: tener evaluación favorable investigador/a R3 o certificado I3 (o estar tramitándolo). Límite para la obtención del I3: fecha de publicación de la propuesta de resolución provisional de Consolidación Investigadora 2022.

Vinculación con la entidad solicitante: no será necesaria antes de la resolución de la concesión, pero sí durante el periodo de ejecución de la actuación. También pueden participar los IP que estén ocupando un puesto permanente en la entidad siempre que la incorporación a dicho puesto sea posterior al 22/12/2021 y no haya disfrutado anteriormente de otro puesto permanente en alguna entidad de las posibles solicitantes.

Incompatibilidades:

Las personas IPs no podrán figurar en más de una solicitud de esta convocatoria.

Los investigadores/as Ramón y Cajal, cuya entidad haya recibido ya la dotación para la creación del puesto de trabajo de carácter permanente concedida en el marco de dicho programa, no podrán figurar como IP de la actuación.

No habrá incompatibilidad con la participación en proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias de proyectos de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, del VII Programa Marco de I+D+i, de los Programas Marco de I+D+i Horizonte 2020 y Horizonte Europa o de iniciativas de Programación Conjunta del Espacio Europeo de Investigación, de los Planes Regionales de I+D+i de las comunidades autónomas, o de cualquier otra convocatoria.

CONCEPTOS ELEGIBLES

a) Costes directos

El incentivo a la consolidación, por la creación y cobertura de una plaza permanente durante el periodo de ejecución de la ayuda. No podrá superar el 100 % del coste salarial de la plaza permanente correspondiente a una anualidad.

La ejecución del proyecto de I+D+i: personal, movilidad, fungible, publicaciones, asesoramiento, etc.

Costes destinados a la adecuación de espacios, renovación de laboratorio y mejora del equipamiento. No podrá superar el 30 % del importe justificado como coste de ejecución del proyecto de I+D+i.

b) Costes Indirectos: : 21% sobre los gastos directos de ejecución del proyecto más costes de adecuación de espacios (se excluye la Incentivación a la consolidación).

FINANCIACIÓN

Las ayudas se financiarán mediante subvención con fondos de NextGeneration EU.

La cuantía de las ayudas no será superior a 200.000€ por solicitud (incluyendo costes indirectos).

PRINCIPIO DNSH

Las actuaciones que se financien deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH, por sus siglas en inglés Do No Significant Harm) así como lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y la legislación medioambiental nacional y comunitaria de aplicación.

EVALUACIÓN

La evaluación de las solicitudes se realizará por comisiones científico-técnicas, constituidas en función de las áreas y subáreas temáticas.

Será objeto de evaluación la memoria científico-técnica de la actuación y el CVA de las/los IP, siguiendo los criterios de evaluación establecidos.

Publicado en el Boletín Oficial del Estado el 11 de octubre