OID Soria - Subvenciones para el programa de apoyo a mujeres en el ámbito rural

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Labores de capacitación. - Foto de Annie Spratt en Unsplash

Subvenciones para el programa de apoyo a mujeres en el ámbito rural

Convocadas en régimen de concesión directa tienen extensión hasta 2024

Tienen por finalidad la financiación de proyectos de itinerarios integrados de acciones de orientación profesional, acciones de habilitación para la integración socio-laboral, acciones de formación para el empleo y acciones para la inserción laboral, dirigidos a mujeres trabajadoras desempleadas, preferentemente residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes

Redacción , 05 de diciembre de  2023

Las subvenciones, convocadas en régimen de concesión directa, para los años 2023 y 2024, tienen por finalidad la financiación de proyectos de itinerarios integrados de acciones de orientación profesional, acciones de habilitación para la integración socio-laboral, acciones de formación para el empleo y acciones para la inserción laboral, dirigidos a mujeres trabajadoras desempleadas, preferentemente residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes, que contribuyan a mejorar su cualificación profesional y su capacidad de inserción laboral, a través del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano (MUR) enmarcado dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La convocatoria, difundida por la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León, se podrá solicitar desde hoy, martes 5 de diciembre de 2023, y hasta el 31 de mayo de 2024, pudiendo proceder a realizar la solicitud entidades jurídicas sin ánimo de lucro, que acrediten experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.

Las destinatarias de esta acción anunciada serán las mujeres trabajadoras desempleadas inscritas como demandantes en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, residentes preferentemente en municipios de menos de 5.000 habitantes, y acrediten el cumplimiento de los requisitos observados en la convocatoria.

Para determinar la existencia de experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia, se tomará en consideración la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que entre los fines de la entidad solicitante y, en su caso, de los miembros asociados de la misma que se comprometan a ejecutar total o parcialmente el objeto de la subvención solicitada, se encuentre la realización de las acciones subvencionables de orientación profesional, de habilitación para la integración socio-laboral y/o para la inserción laboral.

b) Que la entidad solicitante y, en su caso, los miembros asociados de la misma que se comprometan a ejecutar total o parcialmente el objeto de la subvención solicitada, hayan ejecutado, dentro de los tres años anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, algún programa, proyecto, iniciativa o actuación que incluya la realización de las acciones subvencionables de orientación profesional, de habilitación para la integración socio-laboral y/o para la inserción laboral.

Según se indica, se podrán subvencionar proyectos constituidos por itinerarios individualizados que integren acciones de orientación profesional, acciones de habilitación para la integración socio-laboral, acciones de formación para el empleo y acciones para la inserción laboral, dirigidos a mujeres trabajadoras desempleadas, preferentemente residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes, que contribuyan a mejorar su cualificación profesional y su capacidad de inserción laboral.

Las acciones subvencionadas se podrán desarrollar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de agosto de 2024.

El proyecto subvencionado deberá iniciarse en el plazo máximo de 2 meses desde la notificación de la resolución de concesión, transcurrido el cual sin haberse iniciado alguno de los itinerarios integrados, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención concedida.

Cada itinerario integrado se desarrollará en un período mínimo de 2 meses y máximo de 3 meses, comprendidos desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de agosto de 2024.

La cuantía máxima, con el límite del importe solicitado y hasta una cantidad inferior a 1 millón €/entidad, será el resultado de la suma del coste económico del conjunto de los itinerarios integrados incluidos en el proyecto solicitado por la entidad.

El importe total solicitado por cada entidad beneficiaria no podrá superar el 20% de la dotación disponible para la convocatoria.

La financiación máxima a conceder por itinerario integrado se determinará, en función del número de mujeres a atender y de los objetivos de inserción previstos, mediante la aplicación de dos módulos económicos específicos:

a) 1.715 euros a percibir por mujer que alcance la condición de atendida.

b) Se adicionará, a la cantidad recogida en el apartado a), una cuantía de 2.500€ a percibir por mujer que, teniendo previamente la condición de atendida, resulte insertada en el mercado de trabajo o inicie una actividad emprendedora por cuenta propia.

Con esta cantidad adicional sólo se subvencionará el 20% de las participantes que logren insertarse en el mercado laboral.

Se puede solicitar desde el 5 de diciembre de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024